El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó este miércoles que se procederá al enjuiciamiento a Juan Requesens, diputado de la Asamblea Nacional, luego de determinar que «existen elementos suficientes para juzgarlo por la comisión de delitos».
“En Sala Plena del TSJ fue declarado procedente el enjuiciamiento del ciudadano Juan Carlos Requesens Martínez, tras determinarse que existen suficientes elementos de convicción para estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente”, señaló Maikel Moreno en su Twitter.
El TSJ indicó que Requesens, quien fue acusado de estar involucrado en el «atentado» contra Nicolás Maduro, estará bajo custodia policial hasta que la asamblea nacional constituyente decida sobre el allanamiento a la inmunidad parlamentaria.
«Por tratarse de delitos comunes, el enjuiciamiento de Requesens deberá hacerse ante los tribunales ordinarios competentes», comentó Moreno.
En Sala Plena del @TSJ_Venezuela, cuya ponencia me correspondió, fue declarado procedente el enjuiciamiento del ciudadano Juan Carlos Requesens Martínez, tras determinarse que existen suficientes elementos de convicción para estimar la comisión de delitos de naturaleza permanente pic.twitter.com/O6dHDksFd4
— Maikel Moreno (@MaikelMorenoTSJ) 8 de agosto de 2018
El @TSJ_Venezuela en su sentencia decreta como flagrante su detención y se ordena mantener en custodia por parte de los cuerpos de seguridad del Estado, hasta tanto la Asamblea Nacional Constituyente decida sobre el allanamiento de la inmunidad parlamentaria pic.twitter.com/6d1Cf43ZJh
— Maikel Moreno (@MaikelMorenoTSJ) 8 de agosto de 2018
Asimismo, se ordenó notificar la presente decisión a la Asamblea Nacional Constituyente (@ANC_ve), ello en atención a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y 116 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia pic.twitter.com/aYESB74x0f
— Maikel Moreno (@MaikelMorenoTSJ) 8 de agosto de 2018
Por tratarse de delitos comunes, el enjuiciamiento del Dip. Requesens deberá hacerse ante los tribunales ordinarios competentes, según lo dispuesto en el artículo 378 del COPP, de conformidad con la decisión N° 1684 4/11/2008, dictada por la SC del TSJ pic.twitter.com/qDeLTfFCMF
— Maikel Moreno (@MaikelMorenoTSJ) 8 de agosto de 2018